|
Tratando
de hacer una aproximación histórica al
origen de los derechos humanos y salvando las divergencias
antes mencionadas, tendríamos que referirnos
a una serie de hechos importantes que han contribuido
al desarrollo de estos derechos. En este sentido, como
lo señala José Thompson, en su libro "Educación
y Derechos Humanos, publicado por el Instituto Interamericano,
una primera etapa estaría constituida por el
humanismo greco-romano, como en sus orígenes
orientales, el denominado Código Hamurabi, que
es el primero que regula la conocida Ley del Talión,
estableciendo el principio de proporcionalidad de la
venganza, es decir, la relación entre la agresión
y la respuesta.
En la obra de Sófocles,
existe un precedente al concepto de los derechos humanos,
cuando en Antígona, este personaje le responde
al Rey Creón, que contraviniendo su prohibición
expresa, de dar sepultura al cadáver de su hermano,
lo había enterrado actuando "de acuerdo
a leyes no escritas e inmutables del cielo". Con
esta idea en la obra de Sófocles, se estaba aludiendo
a la existencia de derechos no establecidos por el hombre,
pero que igualmente le corresponden por su propia naturaleza,
porque le son inherentes a su condición de ser
humano.
Los Diez Mandamientos
del Antiguo Testamento, constituyen otro antecedente
en la historia de los derechos humanos, ya que mediante
el establecimiento de prohibiciones, se estaban reconociendo
valores fundamentales de los seres humanos, como el
derecho a la vida, al prescribir el "no matar",
por ejemplo.
Por otra parte en
el Estoicismo, se hace otra mención importante
"con la precisión del concepto de derecho
natural y el desarrollo del iusnaturalismo fundamentado
en la racionalidad y rematado en un cosmopolitismo,
que acercaría a los hombres", como lo señala
José Thompson en la publicación antes
mencionada.
El Cristianismo,
dio origen a una nueva etapa en el desarrollo histórico
de los derechos humanos, al proclamar la igualdad entre
los seres humanos y al rechazar la violencia. Todo ello
contribuyó a la aceptación de principios,
especialmente entre los pueblos oprimidos y los esclavos.
Posteriormente, a
pesar de la existencia del absolutismo monárquico
y como una lucha en contra de estos regímenes,
se consolidaron algunos derechos. Los movimientos de
Reforma y Contrarreforma que perseguían una mayor
libertad en lo que a creencias religiosas se refiere,
también dieron su aporte.
Pero, fue en 1215
cuando se dio la primera consagración expresa
que estableció límites al poder del Estado
frente a sus súbditos en la Carta Magna, que
conjuntamente con el habeas corpus de 1679 y el Bill
of Rights de 1689, constituyen los antecedentes, de
las declaraciones modernas de derechos.
Durante los siglos
XVIII y XIX, se suscitaron una serie de acontecimientos
históricos en los que se hacía presente
las ideas de libertad e igualdad de los seres humanos.
Todos ellos contribuyeron a la conceptualización
de los derechos humanos.
Las
ideas de Charles Montesquieu (1689 - 1755) y Juan Jacobo
Rousseau (1712-1778) en Francia, son fundamentales.
|
Montesquieu criticó severamente los abusos de
la Iglesia y del Estado. Al estudiar las instituciones
y costumbres francesas de la época, dio formas
precisas a la teoría del gobierno democrático
parlamentario con la separación de los tres poderes,
legislativo, ejecutivo y judicial, como mecanismo de
control recíproco entre los mismos, acabando
teóricamente con la concentración del
poder en una misma persona y los consecuentes abusos
y atropellos que históricamente había
producido el irrestricto poder del monarca en contra
de los seres humanos.
Por su parte Juan
Jacobo Rousseau, denunció vigorosamente las injusticias
y miserias resultantes de la desigualdad social de su
época, propugnó la idea de una sociedad
basada en igualdad absoluta, en la que cada miembro,
a la par que se somete a las decisiones del colectivo,
es al mismo tiempo parte del pueblo soberano, cuya voluntad
general constituye la Ley. Estas ideas de Rousseau favorecieron
a la elaboración del concepto de los derechos
humanos al plantear la necesidad de la existencia de
una igualdad entre los hombres, quienes deben someter
su voluntad individual a la voluntad del colectivo,
con el objeto de alcanzar el bienestar para todos.
En 1776 la Declaración
de Independencia, redactada por Thomas Jefferson y aprobada
por los Estados Unidos el 4 de julio del referido año,
proclamaba lo siguiente: "Sostenemos como verdaderas
evidencias que todos los hombres nacen iguales, que
están dotados por su Creador de ciertos derechos
inalienables, entre los cuales se encuentra el derecho
a la vida, a la libertad y a la búsqueda de la
felicidad...", consagrándose algunos derechos
individuales.
Pero el desarrollo
conceptual de los derechos humanos individuales alcanza
su mayor riqueza en las ideas liberales de la Revolución
Francesa en 1789, con la Declaración de los Derechos
del Hombre y del Ciudadano, en donde se expresa el carácter
universal de los derechos humanos y su pertenencia al
hombre por ser humano. Esta Revolución se dio
en momentos en que millones de personas eran objeto
de opresión.
Más tarde,
luego del reconocimiento de los derechos individuales,
comienza una nueva lucha. Los movimientos obreros emprenden
la defensa de los derechos humanos desde una perspectiva
colectiva, de manera más amplia, es el momento
en el que los trabajadores exigen sus reivindicaciones.
Las revoluciones mexicana y rusa de 1917, constituyen
hechos históricos determinantes para la consagración
jurídica de estos derechos colectivos, que han
sido denominados derechos económicos y sociales
en las legislaciones internas.
Otro acontecimiento
importante en la historia de los derechos humanos, lo
configura la segunda guerra mundial, pues sus secuelas
contribuyeron a que la comunidad internacional dirigiera
su interés hacia el establecimiento de estos
derechos en declaraciones y pactos internacionales,
lo que permitió el reconocimiento y supervisión
de los mismos, más allá del ámbito
interno de cada Estado.
Todos estos
movimientos, que hemos revisado de manera sucinta, dieron
sus aportes para la consagración de los derechos
humanos tanto en las constituciones internas de las
diferentes naciones, como, en los instrumentos internacionales. |